Dos sentencias del Tribunal Supremo resuelven sendos casos de casación, uno de ellos referido a nuestro Cuerpo y en el que nos hemos personado como Asociación junto al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Se resuelve en estas sentencias, la necesidad de disponer de la Titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Máster habilitante para poder acceder a las pruebas de acceso a nuestro Cuerpo, no siendo suficiente disponer del Grado como era la pretensión desde el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
La Junta de la Asociación de ICCP del Estado